Abian gara

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DIVERSIDAD RELIGIOSA Y LAICIDAD

1 de diciembre de 2015

DIVERSIDAD RELIGIOSA Y LAICICIDAD

Una de las principales características actuales de los Estados democráticos es la creciente diversidad de sus sociedades. Esta pluralidad deriva de la identificación que las personas tienen con elementos tan variados como los determinados por las ideologías políticas, las diversas filosofías de vida o las diferentes creencias religiosas; en definitiva, aspectos identitarios relacionados con la multiplicidad de proyectos de vida que se pueden desarrollar en el marco de sociedades liberales y democráticas.

La experiencia europea muestra un panorama con grandes dosis de intolerancia religiosa  que ha derivado en el desarrollo, relativamente reciente, de un marco de protección y garantía de ese derecho tanto a nivel internacional y europeo como a nivel estatal. En efecto, el reconocimiento de dicha pluralidad ha venido acompañado de enormes dificultades y sufrimientos a lo largo de la historia, precisamente por las limitaciones tradicionales a la libertad de profesar cualquier creencia religiosa y/o la libertad de conciencia. Es así que en la conformación de esos marcos de protección de libertades básicas, entre ellos el de los derechos humanos, la libertad de religión y de conciencia forma parte de su núcleo central, tanto desde su origen como en el posterior desarrollo normativo internacional. 

En línea con ello, las democracias liberales reconocen la libertad de conciencia y de religión como derecho fundamental en su ordenamiento jurídico-normativo. Este reconocimiento se ve desarrollado de manera desigual en función del modelo establecido en cada uno de esos ordenamientos, ahora bien, la cuestión es que la inclusión de este derecho dentro de las constituciones democráticas es lo que permite que sus ciudadanos puedan ejercerlo de acuerdo a sus convicciones morales y de conciencia y por lo tanto vivir de acuerdo al estilo de vida que mejor se adapte a sus necesidades y aspiraciones.

En nuestro caso, el carácter homogéneo que en términos socio religioso ha caracterizado el conjunto de la sociedad hasta fechas bien recientes ha condicionado la cultura democrática con relación a la diversidad religiosa. Ese carácter homogéneo, unido al hecho de proceder de un contexto restrictivo en términos de libertad religiosa ha derivado en una serie de dificultades en lo que respecta a la percepción y aceptación de la pluralidad religiosa. Los cambios de carácter normativo, el declive social de la religiosidad (fundamentalmente vinculada a la Iglesia católica) y la creciente presencia de confesiones no católicas ha permitido un tímido desarrollo en este sentido, si bien las garantías para el ejercicio de la libertad religiosa siguen sufriendo ciertas limitaciones.

Esta nueva realidad social ha generado ciertos debates en los que cuestiones como la libertad religiosa, la laicidad o la aconfesionalidad del Estado, entre otros, y la concepción que de ellos tiene el conjunto de la sociedad, condicionan el debate y la relación que los poderes públicos deben tener con las distintas confesiones implantadas en nuestra sociedad, así como con el conjunto de la población.

El término de laicidad se sitúa como un elemento clave en cuanto a la gestión de la diversidad religiosa, ya que más allá del reconocimiento de la libertad de conciencia y de religión, emplaza hacia un necesario equilibrio entre libertad e igualdad de las diferentes posiciones y sensibilidades religiosas y no religiosas. 

El reconocimiento de la pluralidad (religiosa) conlleva, entre otras cuestiones, la necesidad de remover los obstáculos para que la libertad de religión y de conciencia pueda ser ejercida en condiciones de igualdad por toda ciudadanía. El bagaje histórico, el reciente reconocimiento normativo de dicha libertad y los cambios sociales de las últimas décadas condicionan y plantean un necesario despliegue para el reconocimiento efectivo de todos los elementos vinculados a la libertad religiosa. Solamente con la creación de un espacio con esas características se puede hablar de una serie de condiciones que faciliten una verdadera gestión democrática de la diversidad en términos de libertad e igualdad. 

En definitiva, gestionar democráticamente la diversidad religiosa en Euskal Herria en términos de libertad e igualdad, supone:

  • Asumir la laicidad como elemento clave en dicha gestión, ya que emplaza a un necesario equilibrio entre libertad e igualdad de las diferentes posiciones y sensibilidades religiosas y no religiosas presentes en la sociedad.

  • El reconocimiento de la pluralidad religiosa, eliminando los obstáculos para ejercer la libertad de religión y conciencia en términos de igualdad. 

  • El reconocimiento efectivo de todos los elementos vinculados a la libertad religiosa.